¿Nos estafan las compañías telefónicas?

14.10.2017. Redacción / Opinión.

Por: Paco Pérez

pacopego@hotmail.com

En cuestiones tarifarias de distintos servicios esenciales, nuestro país está a la cola de la UE, por sus elevados precios, y las operadoras telefónicas españolas supuestamente cobran de manera ilegal algunos de esos servicios a sus usuarios, como por ejemplo los números de atención al cliente de muchas empresas, que empiezan por 902.

Para un mayor conocimiento de estas "irregularidades", reproduzco a continuación un comentario muy esclarecedor de este grave problema de consumo.

"Parece que últimamente el Tribunal de Justicia Europeo está para ayudarnos a los consumidores españoles. En este caso nos quiere librar del abuso de los teléfonos de recargo. Su declaración de ilegalidad de los números de teléfono con tarifas especiales como los 902 que algunas empresas usan para sus servicios de postventa así lo atestigua.

Los jueces europeos han asegurados que este tipo de recargos no son compatibles con la directiva europea de derechos del consumidor que se aprobó en 2011. En el veredicto dicta que a partir de este momento todos los servicios de estos servicios se van a tener que facturar a precio de llamada normal, siendo un teléfono fijo o móvil.

El origen de esta sentencia viene de una reclamación que se produjo en Alemania, donde una empresa que se dedica a los aparatos eléctricos y electrónicos oferta a sus clientes un servicio telefónico con el prefijo 0180. El coste de una llamada a ese número es superior al que cuesta una llamada estándar a un número alemán, tanto fijo como móvil.

La directiva europea de derechos del consumidor ha exigido que en el caso de que se ofrezca un servicio telefónico postventa, el coste pase a ser el de una tarifa básica. La norma no ha definido el concepto de tarifa básica. Mientras se producía el juicio, han existido gobiernos como el holandés que han justificado el sobrecoste al interpretar que el concepto de tarifa básica ha incluido los costes adiciones que pone a disposición un servicio de consulta por parte del cliente.

El Tribunal de Justicia europeo se ha pronunciado después de una consulta prejudicial de los jueces alemanes, la cual dictaminó que la tarifa básica equivale al precio de una llamada estándar y que no puede exceder de ninguna manera el coste de la llamada a una línea normal.

El Abogado General del caso ha defendido en el juicio esta definición, pues las tarifas especiales pueden disuadir al consumidor de que haga el ejercicio de sus derechos. Se le penaliza por usar un servicio que ya incluía en su contrato con la empresa proveedora de los servicios en cuestión.

Parece mentira que en pleno 2017 todavía estemos con un tema como es el de los teléfonos con recargo, que es un abuso contra el consumidor y con el cual ninguno de los estados miembros ha parecido tomar cartas en el asunto en estos últimos años".

 

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