09.12.2016. Telde.
El Pleno del Ayuntamiento de Telde aprobó este viernes la Cuenta General de 2015, dictaminada el pasado 13 de octubre por la Comisión Especial de Cuentas, lo que permitirá a la Institución recibir la Auditoría de Gestión del Gobierno de Canarias y, tras su toma de conocimiento en una nueva Sesión Plenaria, acceder al resto del Fondo Canario de Financiación, una cantidad cercana a los 5 millones de euros.
Los datos recogidos en esta Cuenta General ya fueron aprobados, en su mayoría, en la Liquidación del Presupuesto de 2015. Es la primera vez que esta Institución formula unas cuentas ajustadas a la Orden 1781/2013, instrucción de modelo normal de Contabilidad Local. Es un documento de naturaleza puramente contable que tiene como fin reportar los datos para la fiscalización por órganos externos.
Previamente a su aprobación se habían contestado las alegaciones presentadas, La totalidad de ellas formuladas por el grupo político Más por Telde. Todas menos una fueron rechazadas por dos habilitadas nacionales, la Interventora Municipal y la directora del Órgano de Gestión Económico-Financiera, por razones técnicas justificadas. La alegación aceptada parcialmente estaba relacionada con un error informático subsanado en el expediente.
Tras celebrarse la Comisión de Cuentas y el Pleno posterior, para el que fueron convocados todos los grupos presentes en la Corporación a través de su secretarios políticos, la Cuenta General de 2015 se aprobó con los apoyos del los partidos que forman el Gobierno municipal (NC, PSOE, CC y CCD), la abstención de los No adscritos y los votos en contra de Unidos por Gran Canaria y el Partido Popular. El grupo político Más por Telde estuvo presente en la Comisión de Cuentas celebrada este viernes, pero no acudió posteriormente al Pleno.
El Gobierno municipal considera incomprensible e inaceptable que legítimos representantes de la ciudadanía de Telde hagan absoluta dejación de sus responsabilidades, incumpliendo las obligaciones establecidas en el artículo 12.1 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, o el artículo 72 del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local. Ambos señalan que los miembros de las Corporaciones Locales “tienen el derecho y el deber de asistir, con voz y voto, a las sesiones del Pleno y a las de aquellos otros órganos colegiados de que formen parte”.