26.11.2016. Los Realejos.
La concejala de Participación Ciudadana de Los Realejos, Sandra Pérez, anunció que el pleno ordinario del próximo miércoles 30 de noviembre someterá a aprobación el primer Reglamento de Participación Ciudadana de la localidad, “lo que demuestra el carácter conciliador y participativo que este equipo de gobierno pretende imprimir a las políticas municipales”.
Explica Sandra Pérez que “el propio proceso de redacción del documento ya nace de la participación ciudadana y la transparencia
dado que el primer borrador fue trabajado entre el equipo de gobierno y los grupos de la oposición, un texto que posteriormente pasó a analizarse en cada uno de los siete consejos de barrios y que con sus aportaciones se ha depurado y mejorado para su inminente aprobación”.
El alcalde de Los Realejos, Manuel Domínguez, destaca que “el grupo de gobierno impulsó entre finales del pasado año y principio de este 2016 la creación de los citados consejos de barrios donde en cada distrito quedan representados todos los vecinos y entidades que la integran, sean de la índole que sean, por ejemplo, clubes deportivos, asociaciones de mayores y de mujeres, colectivos culturales, etc., lo que determina, al fin y al cabo, que la voz de todos los ámbitos realejeros está siendo escuchada y tiene acceso al debate para la mejora de su municipio”.
El documento que será sometido a votación plenaria estuvo además accesible durante un período de dos meses en la web municipal con el fin de que los vecinos que así lo desearan pudieran consultarlo y presentar las correspondientes propuestas de modificación. “En definitiva, si hablamos de participación ciudadana, no podíamos obviar el ofrecer la propia participación en todo el procedimiento hasta llegar al documento en cuestión”, agrega Sandra Pérez.
El proceso de participación
Entre los objetivos del citado Reglamento de Participación Ciudadana destacan:
- Facilitar y promover la participación de los vecinos y entidades en la gestión municipal.
- Facilitar la más amplia información sobre la actividad municipal.
- Fomentar el asociacionismo ciudadano.
- Aproximar la administración a los vecinos, a través de la desconcentración y descentralización municipal.
- Garantizar la solidaridad y equilibrio entre los distintos núcleos de población del término municipal.
- Regular los cauces de información y participación acerca de los grandes temas municipales, como presupuestos generales anuales, planes urbanísticos, creación y modificación de ordenanzas fiscales y de otra índole, planes sectoriales, programas culturales, sociales o de salud, y cualquier otro hecho trascendente que aconseje adecuada difusión.
- Promover la defensa de intereses comunes a los vecinos y sus entidades.
- Agilizar y potenciar la eficacia y eficiencia de la ejecución de los derechos y deberes de los ciudadanos/as con la administración municipal.
- Posibilitar el acceso reglamentado de los vecinos a los bienes de carácter público municipal.
- Unificar el funcionamiento y gestión democráticas de las Entidades Ciudadanas.
Se define como participación ciudadana el ejercicio del derecho a tomar parte en los procesos de decisión de las políticas públicas locales mediante los canales adecuados que faciliten la información pública, la iniciativa, la propuesta, el diálogo y el control ciudadano de la acción municipal.
Los instrumentos de debate, como foros, grupos de debate, talleres y similares, deberán permitir y facilitar la libre expresión y el intercambio ordenado de ideas y opiniones para lograr un contraste efectivo de argumentos y resultados estructurados que permita conocer la respuesta ciudadana a la consulta.
Todos los instrumentos de debate contarán con una persona designada por el alcalde, o concejal en quien delegue, para la dinamización, ordenación y resumen de los debates. Esta persona velará por el cumplimiento de los requisitos de respeto, libertad, igualdad de trato y eficacia de las sesiones y elaborará el acta resumen del debate que se haya producido. El conjunto de las actas, se incorporará y fundamentará el informe de los resultados del proceso que se presentará a la Comisión de Seguimiento, si la hay, por el órgano o persona responsable de la gestión, incorporando la opinión de esa Comisión al informe final.
El órgano o persona responsable de la gestión realizará una evaluación del proceso, analizando la idoneidad y eficacia de los medios empleados, así como la utilidad y viabilidad de los resultados obtenidos. El alcalde, o concejal en quien delegue, a la vista del informe final, acordará, en un plazo máximo de 90 días, la toma en consideración de aquellas aportaciones que, a su juicio, pueden mejorar la actuación sometida a consulta.