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El Tribunal Supremo mantiene la suspensión del voto de parte de los beneficiarios de la denominada “Ley de Nietos”

El Tribunal Supremo ha acordado mantener la suspensión cautelar que impide votar en las próximas elecciones generales del 29 de noviembre a los ciudadanos que obtuvieron la nacionalidad española al amparo de determinadas instrucciones de desarrollo de la Ley de Memoria Democrática, conocida popularmente como “Ley de Nietos”

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Redacción Tagoror Digital · 2 min de lectura
El Tribunal Supremo mantiene la suspensión del voto de parte de los beneficiarios de la denominada “Ley de Nietos”
Tribunal Supremo | CEDIDA

12.10.2026 | Madrid

Última Hora

El Tribunal Supremo ha acordado mantener la suspensión cautelar que impide votar en las próximas elecciones generales del 29 de noviembre a los ciudadanos que obtuvieron la nacionalidad española al amparo de determinadas instrucciones de desarrollo de la Ley de Memoria Democrática, conocida popularmente como “Ley de Nietos”.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha desestimado los recursos presentados por la Abogacía del Estado y la Fiscalía, que solicitaban levantar la medida cautelar para permitir la participación electoral de todos los nacionalizados afectados. El Alto Tribunal considera que persiste el riesgo de que el censo electoral se configure sin las garantías suficientes de exactitud, veracidad, igualdad, objetividad y transparencia.

Según la resolución, sí podrán ejercer el derecho al sufragio aquellos ciudadanos nacionalizados conforme a la Ley de Memoria Democrática que ya figuraban correctamente inscritos en el censo electoral antes del cierre censal del 1 de agosto y cuya condición se ajuste a los requisitos previstos por la norma.

Por el contrario, se mantiene la suspensión para quienes obtuvieron o tramitaron su inclusión en el censo al amparo de una instrucción administrativa posterior que presumía la condición de exiliado de determinados españoles emigrados entre 1936 y 1955, cuestión que ha sido objeto de controversia judicial.

El Tribunal Supremo sostiene que, mientras no se complete la revisión y aclaración de los expedientes afectados, debe prevalecer el interés general de garantizar la integridad del proceso electoral sobre los intereses particulares vinculados al ejercicio del derecho de sufragio en estos casos.

La decisión afecta a decenas de miles de ciudadanos residentes en el exterior incluidos en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA), y mantiene abiertas las actuaciones judiciales sobre el alcance de la aplicación de la denominada “Ley de Nietos” y sus efectos electorales