10.08.2020 | Santa Cruz de Tenerife
Un juzgado de S/C de Tenerife reconoce el derecho de una trabajadora de la empresa pública del Gobierno de Canarias GESTION DE SERVICIOS PARA LA SALUD Y SEGURIDAD EN CANARIAS (empresa que engloba al Servicio de Urgencias Canario, 112 y al Centro de Coordinación de Emergencias en Canarias), a disfrutar de sus vacaciones en el mes de noviembre a pesar de la probable existencia de rebrotes por Covid.
El sindicato CSIF, sindicato mayoritario dentro de las administraciones públicas y en constante crecimiento dentro de la empresa privada, ha logrado una sentencia pionera a nivel de la Comunidad Autónoma de Canarias. Así, dicho sindicato, cuya representación dentro del Comité de Empresa en la provincia de S/C de Tenerife la copa de forma global, ha puesto una vez más contra las cuerdas a la empresa, que pretendía que los trabajadores vieran impuestas sus vacaciones para este año 2020, obviando los derechos más básicos de los empleados de GSC. Recordar que en los últimos meses la central sindical ha instado varios conflictos colectivos y denuncias ante la Inspección de Trabajo de S/C de Tenerife, dándosele siempre la razón al sindicato independiente con sede en Calle Puerta Canseco.
Así las cosas, la propia juzgadora resalta que, “actualmente y pese a los rebrotes existentes en Canarias hay trabajadores, no hay parámetros más o menos objetivos que permitan inferir la medida en la que aumentarían los brotes para los meses posteriores y la repercusión que tendrían, en su caso, en la plantilla de la empresa. Y es que durante la vigencia del Estado de alarma y en pleno auge de los efectos de la pandemia, los trabajadores de la empresa que estaban disfrutando de su período de vacaciones, continuaron en su disfrute sin perjuicio de que fueran suspendidas las correspondientes a aquellos otros que estaban pendientes de iniciarlas, en fechas próximas”.
A mayor abundamiento, la jueza de instancia rechaza que sea de aplicación para la empresa pública la circular del Servicio Canario de Salud que limitaba el disfrute de las vacaciones para los sanitarios canarios en los meses de noviembre y diciembre, y abre la puerta a que en caso de “producirse un aumento incontrolado de la pandemia en Canarias que comportara la necesidad de contar con la totalidad de los efectivos disponibles”, el propio Convenio colectivo de aplicación, atribuye a la empresa la posibilidad de interrumpir el período de vacaciones de disfrute de la trabajadora.
Por último, el abogado del sindicato CSIF, Cristo Llurda Faro, lamenta que una empresa pública con la importancia de GSC tenga la actitud que tiene en la actualidad con sus trabajadores. “En el último año hemos interpuesto más de 20 denuncias en Inspección de trabajo, presentado diferentes conflictos colectivos, demandado lo que nunca debió de haberse judicializado… Es de lamentar que se juegue con los derechos de los trabajadores de la forma que se juega, pero no nos cansaremos de acudir a la justicia para que la totalidad de trabajadores se sigan sintiendo orgullosos de la labor de un sindicato independiente como es CSIF, y que únicamente persigue que los trabajadores se sientan respetados por sus empresas”.
Sentencia de la Magistrada-Juez, Rosio Victoria Landeo Vasquez?